El 30 de junio, la directora General de Renta, Margarita Faral, resolvió que las obligaciones tributarias cuyos vencimientos estaban fijados entre el 22 y el 29 de junio y cuyos pagos se realizaron hasta el 30 de junio, se consideran en plazo.

La resolución de la Dirección General de Rentas 1051/2021, expresa que debido a motivos ajenos a su voluntad, los sujetos pasivos vieron dificultado el cumplimiento de sus obligaciones en plazo, por lo que se adoptó dicha medida.